La situación de Estado de Alarma y la extensión de la COVID-19 ha derivado en la reciente suspensión de la apertura al público de miles de establecimientos minoristas, afectando sobremanera a los arrendatarios de tales locales quienes se han visto -de nuevo- privados en el normal desarrollo de su actividad y, en consecuencia, en su capacidad para generar ingresos.
Ante esta situación, hoy nos preguntamos… ¿Quién paga la renta de estos establecimientos cuando están arrendados, pero por imperativo legal no pueden estar abiertos al público? ¿Quién asiste al arrendatario en el cumplimiento de su obligación en el pago de la renta? ¿Quién asiste al propietario en su derecho de cobro de la renta? ¿Puedo dejar de pagar a renta al propietario? ¿Debo negociar? ¿En qué términos?