CAUSAS DE DESHEREDACIÓN

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SENTENCIA EMITIDA POR EL TRIBUNAL SUPREMO

Con fecha 2 de junio de 2025, el Tribunal Supremo emitió sentencia en relación al siguiente asunto:

“Inexistencia de la causa de desheredación expresada en la disposición primera del testamento otorgado con fecha 20 de agosto de 2008”

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial que declaró inexistente la causa de desheredación invocada por un padre adoptivo contra sus tres hijos, al considerar que no se acreditó maltrato psicológico que justificara tal medida.

El causante había desheredado a sus hijos en su testamento de 2008 alegando la causa prevista en el artículo 853.2 del Código Civil —maltrato o injurias graves— y nombró herederos a sus sobrinos. Los hijos impugnaron la disposición testamentaria.

En primera instancia se desestimó la demanda, pero la Audiencia Provincial revocó el fallo, entendiendo que solo existió un distanciamiento familiar derivado de la separación matrimonial de los padres, cuando dos de los hijos eran aún menores de edad.

El Supremo ratifica esta decisión, señalando que el alejamiento afectivo no equivale a maltrato psicológico, y que la ruptura de la relación fue imputable también al padre, quien no intentó mantener el vínculo familiar.

Con esta resolución, el Alto Tribunal reafirma su doctrina: la desheredación solo procede cuando exista un comportamiento grave y probado del heredero que cause un perjuicio emocional real al testador, no bastando el mero enfriamiento de las relaciones familiares.

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